«Jaque mate a la corrupción judicial» (Miguel Rix 2023). Documental sobre el Juez Presencia
Documental de Miguel Rix sobre el Juez Presencia. Con: Fernando Presencia, Lidia Reina, Albert Portabella, Alberto Royuela, Santiago Royuela, Juan Martínez Grasa y Álvaro Arteaga. Con música original de Cristina Muneta
ASOCIACIÓN CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EN DEFENSA DE LA ACCIÓN PÚBLICA (ACODAP)
La corrupción en España se ha convertido ya en un problema endémico. Afecta al funcionamiento de los servicios públicos, y a la percepción que tiene la ciudadanía en general de las instituciones.
La segunda preocupación de los ciudadanos, según los barómetros del CIS, es la corrupción, porque la sufren o porque se han atrevido a denunciarla, el problema es mucho mayor porque afecta inmediatamente a sus derechos y libertades, a su dignidad e incluso a sus condiciones de vida.
Todo el mundo sabe que quien denuncie la corrupción inmediatamente sentirá la angustia de las represalias. Si quien denuncia es un particular, y lo hace a través de las redes sociales o los medios de comunicación, se arriesga a ser denunciado o querellado por el delito de injurias y calumnias.
Si quien denuncia es una autoridad, funcionario o empleado público, seguramente será además objeto de acoso si los denunciados son precisamente autoridades o funcionarios encargados de investigar y perseguir la corrupción.
La represalia es una de las manifestaciones de acoso moral, y cuando se ejerce por los mismos que de un modo u otro tienen encomendada la persecución de los delitos y el castigo de los delincuentes, se cierra de golpe la puerta a la transparencia, y también a la justicia.
La transparencia y la información pública es el único modo de combatir con justicia este tipo de corrupción, eliminando el acoso.
Precisamente, el fracaso de los protocolos del sector público para prevenir el acoso se debe a la confidencialidad que se exige a quienes piden ayuda y solicitan las medidas de mediación.
La reserva y el secreto se convierten así en enemigos de los denunciantes y hace impunes a los corruptos.
FERNANDO PRESENCIA CRESPO – PRESIDENTE DE ACODAP
Fernando Presencia Crespo es un juez español que alcanzó gran notoriedad pública cuando consiguió, en plena crisis financiera, que el instituto de la Dación en Pago fuera recogido por primera vez en el ordenamiento jurídico español.
Desde entonces lo han perseguido, denunciado y difamado. Para quien no sepa que es, pasamos a explicar la lucha y el resultado positivo para muchas familias que tuvo lugar en el 2012. Por Dación en Pago SAT se entiende a la práctica de entregar un bien con el objetivo de saldar una deuda. Significa que el acreedor recibirá algo distinto al dinero o a lo previamente acordado por parte del deudor. Algunos comerciantes cuando están en una situación de iliquidez para pagar sus obligaciones, acuerdan con sus acreedores entregar una cosa distinta de la debida o ejecutar a cambio un hecho o abstenerse de hacerlo con el fin de finiquitar el vínculo obligacional; dicho acuerdo se denomina dación en pago. El proceso de concesión de una dación en pago suele tardar, entre los tres y los seis meses, hasta que finalmente es aceptada o denegada, procediendo en este último caso, a la ejecución de la hipoteca y, por lo tanto, al desahucio del inmueble.
! NI UN PASO ATRAS !
La corrupción en España se ha convertido ya en un problema endémico. Afecta al funcionamiento de los servicios públicos, y a la percepción que tiene la ciudadanía en general de las instituciones.
Notas de Prensa
Los delitos contra el honor han quedado derogados por la Directiva europea que protege a los denunciantes de corrupción
La Directiva UE 2019/1937, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, consideran que las acciones de difamación contra el denunciante de corrupción (penales o civiles) son actos constitutivos de represalia, y están prohibidas.
La nueva legislación para la protección de los denunciantes de corrupción obliga a reformar el delito de calumnias en el Código Penal
Las calumnias deben de desaparecer del código penal como delitos contra el honor. A partir de ahora tienen que regularse como delitos contra la administración de justicia, para que le corresponda al Estado (y no a los particulares) la carga de demostrar la falsedad de las imputaciones que se consideren calumniosas.
Denuncias
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Sentencias
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