Nota de Prensa
En la DILIGENCIA INICIAL del atestado nº3904/23, de la comisaría de la Policía Nacional de Talavera de la Reina, se recoge como DELITO ELECTORAL “la presunta falsificación de la hoja de antecedentes penales del compareciente, en la que se hace constar la supuesta firmeza de la pena accesoria que le inhabilita para el derecho de sufragio pasivo por un total de TREINTA Y CUATRO MESES” cuando es lo cierto que la sentencia condenatoria no ha ganado firmeza “al encontrarse en tramitación en la Sala Segunda del Tribunal Supremo el recurso de casación contra la misma”.
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