La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado in extremis una providencia por la que suspende el plazo para el ingreso voluntario en prisión del magistrado
El pasado 21 de enero ACODAP anunciaba públicamente que serían denunciados por prevaricación los tres magistrados que habían ordenado ilegalmente el ingreso penitenciario del juez Alba. La denuncia se presentó formalmente en el juzgado de guardia un mes después. Se resaltaba en el escrito que Salvador Alba goza de total inmunidad y por ello no puede ser constituido en prisión hasta que su cese como juez sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Este es el indiscutible e irrebatible fundamento de peso de la denuncia.
Asistida por toda la razón ACODAP, la asociación contra la corrupción liderada por el juez Fernando Presencia, entiende que la parte dispositiva del auto de fecha 11 de enero pasado dictado por los togados denunciados Juan Luis Lorenzo Bragado, Nicolás Acosta González (ponente) y Luis Wood Rodríguez, puede ser constitutiva de un presunto delito de prevaricación judicial y tráfico de influencias, por requerir al juez Alba para que “proceda a su ingreso voluntario en Centro Penitenciario para el cumplimiento de la pena de prisión impuesta en sentencia, bajo apercibimiento de acordarse su busca y captura”, a sabiendas que el condenado sigue ostentando inmunidad judicial y que la referida sentencia aún no ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Por eso, un día antes de tener que entrar en prisión el TSJ de Canarias paralizaba in extremis el ingreso hasta que se comprobara la veracidad de una enfermedad que alegaba el juez Alba. Teniendo en cuenta la documentación médica, el tribunal solicitó un informe a la directora del Instituto de Medicina Legal y Forense de Las Palmas de Gran Canaria.
Hasta que se emita el informe y se resuelva por la Sala, permanecerá suspendido el plazo para el ingreso voluntario en el establecimiento penitenciario.
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